ActualidadLocales

¿Qué pasó con los exconcejales destituidos por la Procuraduría General en el año 2007?

No se sabe si apelaron y ganaron en su querella o si mantienen la inhabilidad para ser elegidos.

Por Chachareros

Publicamos a continuación un boletín oficial de la Procuraduría General de la Nación, de fecha marzo 15 de 2007, por cuanto cobra actualidad debido a que varios de los protagonistas han sido o son candidatos electos de corporaciones públicas y hay otros que aspiran a la gobernación de La Guajira: Bogotá 15 de marzo de 2007.

La Procuraduría General de la Nación destituyó cuatro ex concejales y 7 ex funcionarios de la capital del Atlántico, por las irregularidades detectadas en el millonario cobro mediante acción de tutela de las prestaciones sociales y sueldos de más de un centenar de personas que supuestamente laboraron en el Concejo y la Personería de Barranquilla.

Miller Soto Solano

Miller Soto Solano

Eduardo Pulgar

Eduardo Pulgar

La determinación disciplinaria afecta a los dirigentes políticos, Ernesto Gómez Guarín, Eduardo Enrique Pulgar Daza y Alejandro Munárriz Salcedo, destituidos e inhabilitados por veinte años para ocupar cargos públicos y para contratar con el Estado; Miller Soto Solano, destitución e inhabilidad de quince años y los entonces funcionarios del Concejo de Barranquilla, Akemi Adachi Corral, destitución e inhabilidad de quince años; José Rodrigo Encinales Sanabria y Manuel Julián Yepes Pérez, destitución e inhabilidad de doce años y los entonces funcionarios de la Personería da la capital del Departamento de Atlántico Dubys Seales Reyes y Mónica Cuello Chirino, destitución e inhabilidad de diez años.

A los afectados con la determinación disciplinaria de primera instancia, el ministerio público los responsabiliza de una millonaria defraudación contra la ciudad de Barranquilla, por más de cinco mil millones de pesos, mediante dos acciones de tutela, falladas por los jueces de la República, el 25 de octubre de 2002 y 29 de noviembre de 2002 donde se ordenó pagar las prestaciones sociales y sueldo dejado de percibir de 171 personas que supuestamente habían prestados sus servicios como funcionarios en el Concejo y en la Personería, entre los meses de abril y diciembre del año 2000.

De acuerdo con las pruebas aportadas a la investigación disciplinaria, se estableció que varias de las personas beneficiadas con los fallos de tutela, no trabajaron realmente en el cabildo distrital, al punto que alguno de ellos afirmó, no recordaba el nombre de su Jefe inmediato, ni de sus compañeros de trabajo, varios de las firmas que aparecen registradas en las actas de posesión no fueron estampadas por su titulares.

Uno de los ex funcionarios del Concejo, no sabe cómo se vinculó a la corporación municipal, otra de las personas que aparecen como beneficiarios de la tutela, dijo a los investigadores de la Procuraduría que laboraba en una empresa privada y a su vez asistía una vez a la semana al Concejo y recibió sueldo durante nueve meses en el año 2000.

Para la Procuraduría en la demanda de amparo presentada por supuestos ex funcionarios de la Personería, se estableció que nunca fueron funcionarios de la entidad pública y una de las pruebas que así lo determina es al inexistencia de registros sobre los demandantes en el organismo de control Distrital. En los documentos presentados en la demanda de tutela ante el juzgado Penal Municipal de Barranquilla, fueron falsificadas las firmas del personero y de los supuestos ex empleados de la Personería.

En cuanto a los ex funcionarios del Concejo de Barranquilla se comprobó por parte del ministerio público que no existen copias de los decretos de nombramiento y la explicación que dieron los disciplinados, fue que las carpetas probablemente se extraviaron en la toma que manifestantes hicieron al Concejo, lo que para la Procuraduría la disculpa no fue de recibo, ya que fueron las únicas resoluciones extraviadas.

A los señores Gómez Guarin, Pulgar Daza, Munárriz Salcedo y Pacheco Pérez, los primeros como miembros de la Junta Directiva y el último como Secretario General del Concejo, se les sancionó por haber firmado las resoluciones por medio de las cuales se designan los supuestos empleados del Cabildo Distrital y la que declara insubsistentes a los mismos supuestos funcionarios.

Al señor López Gómez entonces Jefe de Personal del Concejo y la señora Adachi Corral, como Secretaria del Concejo Distrital y Coordinadora de la Oficina de Personal del mismo, al primero se le sancionó por haber falsificado alrededor de ochenta actas de posesión y la segunda por haber participado en la elaboración de las actas falsas.

En cuanto a los señores Soto Solano, Encinales Sanabria y Yepes Pérez, el primero como entonces Presidente del Concejo, el segundo como Asesor Financiero y el tercero como Jefe de Contabilidad, se les responsabilizó de la expedición de los actos administrativos donde certifican la existencia y el monto de las obligaciones, de los tutelantes.

En cuanto a la entonces Directora Financiera de la Personería Distrital, Dubys Seales Reyes, la Jefe de la Oficina Contable de la Personería, Mónica Cuello Chirino y la Directora Administrativa del ente de control, María del Socorro Chimá Acevedo, se les sanciona, la primera por suscribir el acta de fecha 30 de abril de 2003, en la que registra, que en la base de datos de acreedores, aparecen relacionados los presuntos empleados, a continuación aclara, que no se encontró soporte documental alguno.

Las señoras Seales y Cuello, expidieron el 28 de octubre del 2002, certificaciones en las que hacían constar que cada uno de los tutelantes tenía acreencias con la Personería.

Para el ministerio público, “estas certificaciones, son contrarías a la realidad, falsean la verdad, en tanto, como toda claridad ha quedado acreditado, no existía sustento alguno para afirmar que los tutelantes habían estado vinculados a la Personería de Barranquilla.”

Por último, la Procuraduría General de la Nación absolvió a los señores, Humberto de Jesús Caiaffa Rivas, Francisco Aguilar Cadavid, Ciro Ávila Velandia, Yanelis Cantillo Amaris y Mercedes Alba Barrios Duque, por ausencia de responsabilidad en el pago de las cuestionadas acreencias, cobradas mediante acción de tutela, que fue confirmada en segunda instancia y que obligaba a los funcionarios distritales a cumplir prontamente con el fallo de amparo.

Related posts
EntretenimientoLocales

¡Primo rojas despide su obra más emblemática!

ActualidadCrónicasDeportes

Antonio Andraus Burgos:de mensajero del Diario de La Costa a exitoso cronista deportivo

EntretenimientoLocales

El gesto se toma la palabra en el Caribe Colombiano “GestoCaribe 2024”

Actualidad

El tiempo en Barranquilla para este 17 de septiembre

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *