
Euforia en el petrismo y rabia en uribistas. Los senadores Benedetti y Barreras se salvaron de la ‘muerte política’. Seguirán vivitos y discurseando.
Por Rafael Sarmiento Coley
Los seguidores de Gustavo Petro Urrego ahora sí se sienten con paso firme hacia la Presidencia de la República, luego de que en la noche de este jueves, la Corte Constitucional reconoció a la Colombia Humana y entregó personería jurídica al colectivo.
La decisión llega luego de una tutela interpuesta por Petro Urrego contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), organismo que desde 2018 venía negando la petición. Fue la Sala Plena de la Corte la que decidió otorgar personería a la Colombia Humana. El total de la votación fue de ocho a favor y el salvamento del magistrado Antonio José Lizarazo.
Con una votación de 8 – 1, se le otorga este reconocimiento a este grupo luego de una tutela que interpuso Petro contra el Consejo Nacional Electoral (CNE). El estudio de la Corte Constitucional con esta ponencia comenzó el pasado viernes 3 de septiembre del 2021. Dicho recurso fue interpuesto por el senador porque el CNE le ha negado la personería a su movimiento.
El argumento del CNE fue que, como no participaron de las elecciones legislativas de 2018, no cumplían con uno de los requisitos.
Estatuto de oposición: La ponencia señala que por la vía del Estatuto de la Oposición se debe reconocer a la Colombia Humana como un partido político.
Agrega que recibió más de ocho millones de votos en las elecciones presidenciales de 2018. En ese sentido, la ponencia se apega a lo argumentado por Petro en la tutela. El líder opositor también calificó de contradictorio el Estatuto de la Oposición.

Los twitteros

Nicolás Petro Burgos @nicolaspetroB La Corte Constitucional hace justicia y le otorga la personaría jurídica a la #ColombiaHumana. Fueron años de lucha, hoy se reivindica a millones de colombianos que sueñan con una Colombia más humana. Viva la Colombia Humana!!!
En respuesta a
@nicolaspetroB
@CConstitucional que equivocados están … La Ley establece que se otorga personería cuando se supera el porcentaje en elecciones al Congreso, no a la presidencia. Con esta decisión vulneran la igualdad en el derecho para todos de elegir y ser elegidos. Yefferson Orobio. @OrobioYefferson.
Era lo justo: Javier Cañas
Para el candidato a la Cámara de Representantes por las curules de los Afrodescendientes con el aval de la Colombia Humana Caribe, sostuvo que “la Corte Constitucional, dentro del rigor criterioso de la ley , hace una lectura real del sentir y expresión del pueblo colombiano que en su mandato y derecho de constituyente primario materializó su voluntad democrática reconociendo y reconociéndose cómo actor político legítimo desde la Colombia Humana. ¡Bien venida la Colombia Humana y su personería jurídica!”.
Se salvaron Benedetti y Barreras

Por un pelito se salvaron los senadores Armando Benedetti Villaneda y Roy Barreras de recibir la ‘muerte política’, por presunta doble militancia al distanciarse del Partido de la U, movimiento que los avaló en las elecciones de Congreso de 2018, pero luego la U murió de inanición, porque la mayoría de sus miembros de manera abierta y descarada brincaron a los sectores que apoyan al uribismo y al gobierno de Duque. En otras palabras, la que se autoaplicó ‘la muerte política fue la U. No sus militantes.
Así las cosas, el Consejo de Estado ratificó la investidura de Roy Barreras y Armando Benedetti, tras una demanda presentada ante el alto tribunal, que pedía declarar la muerte política de los senadores, ambos ex miembros del partido de La U.
En efecto, este 16 de septiembre, el Consejo de Estado negó la solicitud de demanda contra los senadores Roy Barreras y Armando Benedetti con la que se buscaba que les declararan la muerte política a los dos políticos.
Esta solicitud se presentó en octubre de 2020 y pedía que los dos congresistas se quedaran si su investidura. El documento aseguraba que Benedetti y Barreras vulneraron el régimen de conflicto de interés por apoyar el movimiento de la Colombia Humana, del senador Gustavo Petro.
En octubre de 2020 se formuló la solicitud de pérdida de investidura contra los congresistas ante el Alto Tribunal, al considerar que Benedetti y Barreras vulneraron el régimen de conflicto de intereses al renunciar a su colectividad para apoyar a Gustavo Petro en la ‘Colombia Humana’.
El desacato de los congresistas frente a las decisiones de la bancada, sus manifestaciones públicas en contra de esas decisiones, la sanción de expulsión del partido y la continuidad en sus curules, aunque constituyen hechos que podrían tener otros efectos jurídicos, no configuran la violación del régimen de conflicto de intereses.
“Tampoco el solicitante refirió de manera específica algún trámite legislativo en que los senadores hubiesen obtenido algún beneficio por su desacato a las decisiones de la bancada o por el ejercicio de la curul, aun después de la expulsión”, se puede leer en el fallo.
El documento asegura, además, que no se reunieron los “presupuestos objetivos de la causal de desinvestidura de violación del régimen de conflicto de intereses, no hay lugar a hacer el juicio de reproche subjetivo a la conducta de los congresistas”.
En noviembre de 20202, el Partido de La U expulsó a los senadores Roy Barreras y Armando Benedetti del partido por incurrir en lo que el partido consideró faltas graves, información contraria a las declaraciones de ambos senadores, que, el 15 de octubre de ese mismo año, anunciaron su renuncia al partido político.
El documento revelado por W Radio indica que el Partido de la U notificó al senador Roy Barreras la “pérdida de la calidad de militante” de ese grupo político. Según indica la misiva, el senador Barreras habría incurrido en “faltas gravísimas de violación al régimen de bancadas por no actuar en bancada, de conformidad de la Ley”, además de”efectuar comentarios públicos que perjudiquen la imagen del Partido o los miembros del Partido”.
La colectividad aseguró, en el documento, que lograron comprobar que Barreras cometió ambas faltas, razón por la que decidieron expulsarlo ese mismo día, dado que Roy Barreras se apartó de la decisión de su partido de apoyar a Margarita Cabello a la Procuraduría y “de presentar ante la bancada parlamentaria el debate de control político contra el Ministro de Defensa, teniendo en cuenta además que el partido hace parte de la coalición de Gobierno del presidente Iván Duque”.
Lo mismo sucedió con el senador Armando Benedetti. En el documento con el que se le notificó su expulsión, el partido argumentó que “se le comprobó la violación al régimen de bancadas por el incumplimiento de diferentes deberes”, teniendo en cuenta que el senador “no solo no aceptó las decisiones de la bancada sino que emitió voto contrario a lo definido por la bancada de senadores”.
Según la colectividad, el senador Benedetti habría violado el “régimen de la ley 974 de 2005 y los Estatutos del Partido, por incumplir los deberes que conlleva la actuación en bancada”.