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Camacol ‘pelea’ con el Distrito por estampilla Prohospitales  

Con este tributo  Barranquilla cuenta hoy con 40 puntos de atención médica básica y albergues de paso para la gente de la calle. 

Por Chachareros

Mientras que la seccional de la venida a menos Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol) sostiene que el cobro del tributo de la estampilla Prohospitales de Barranquilla es ilegal, la Administración Distrital apela a un fallo de la Corte Constitucional que sostiene todo lo contrario.

[caption id="attachment_33089" align="alignright" width="427"]2 Cardiología Adelita de Char La alcaldesa Elsa Noguera durante la inauguración de uno de los centros de atención en salud, construidos con plata de la estampilla Prohospitales.[/caption]

En realidad la estampilla de la discordia, aprobada mediante Ordenanza de la Asamblea del Atlántico, le ha producido a Barranquilla, solamente en lo que va del año más de $150 mil millones de pesos.

Con los recursos de esa estampilla, que deben pagar los constructores al momento de registrar sus escrituras, el Distrito ha construido más de 40 centros de atención rápida (llamados  ‘Pasos’) y centros para la gente de la calle que encuentran allí en donde pasar el día, ducharse, recibir meriendas y algunas atenciones médicas y odontológicas básicas, denominados ‘Caminos’.

Aunque todo impuesto produce rechazo y escozor, en el caso del producido de la estampilla todo ello se ve amainado por el fin noble que se persigue con su producido.

Algunos expertos locales en el tema de la tributación sostienen que, si no se hizo previamente una concertación, fue una grave falla, por cuanto no se trataba de un gravamen general, sino de destinatario específico: los empresarios del sector de la construcción afiliados a Camacol.

El Distrito asegura que sí socializó el proyecto, conjuntamente con la Asamblea Departamental, de donde nació la Ordenanza de este tributo con destinación específica.

El comunicado de la Alcaldía

[caption id="attachment_33090" align="alignright" width="516"]3 Centro de recuperación Cent5ro de Recuperación para la gente de la calle, en uno de los barrios del suroccidente de Barranquilla.[/caption]

Sobre el particular, el siguiente es el texto del Comunicado divulgado este miércoles por la Alcaldía de Barranquilla:

El Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla hace saber que ha defendido, frente a la demanda interpuesta por Camacol, la legalidad de la estampilla Prohospitales de niveles I y II autorizada por la Ley 663 de 2001, declarada exequible por la Corte Constitucional en su sentencia C-538/02 y adoptada por la Asamblea Departamental en la Ordenanza 070 de 2009. Desde este año, son más de 156 mil millones de pesos que se han recaudado por concepto de esta estampilla.

El Distrito Especial se hizo parte en el proceso como coadyuvante desde el 7 de marzo de 2011, ante la demanda incoada ante el Tribunal Administrativo del Atlántico por Camacol, contra la Ordenanza 070 de 2009 que estableció el cobro de la estampilla prohospitales I y II para el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.

Las razones de ilegalidad argumentadas por Camacol contra la Ordenanza Departamental hacían alusión a todos los elementos del tributo, sin embargo en el fallo del Tribunal Administrativo del Atlántico se falló a favor de todos los elementos del tributo autorizados en la Ordenanza, con la condición de que en el acto de expedición del paz y salvo interviniera funcionario de la administración.

A pesar de este fallo a favor de la legalidad del tributo de parte del Tribunal Administrativo del Atlántico, Camacol insiste en la nulidad de la Ordenanza apelando al Consejo de Estado, ente judicial que el pasado 6 de agosto de 2014 expidió la providencia a través de la cual señaló que los Sujetos del Tributo y el  Hecho Generador sobre el estado de cuenta del pago del impuesto predial se consideraban legales, no obstante declara nula las expresiones de la base gravable y la tarifa.

En aras de defender los intereses de la ciudad, pero sobre todo de los más de 1.200.000 personas que se benefician de la infraestructura física de los 40 ‘Paso’ y ‘Camino’ construidos y dotados en los últimos 7 años en la ciudad, el Distrito ha ejercido dos acciones judiciales. La primera consistió en solicitar aclaración de fallo del Consejo de Estado sobre la nulidad parcial de la Ordenanza 070 de 2009,  respecto de la cual  este ente emitió un auto el pasado 24 de junio en la que no decide el recurso de súplica interpuesto y esta decisión a hoy 1 de julio del 2015 no se encuentra en firme. La segunda acción se desarrolló a través de la interposición el pasado 21 de noviembre de 2014 de una acción de tutela contra el fallo del Consejo de Estado, por considerarlo violatorio de los derechos constitucionales de la autonomía impositiva del Departamento y al debido proceso del Distrito, el cual se encuentra pendiente de fallo en la sección primera del Consejo de Estado.

El contenido de estos fallos judiciales y el resultado del proceso no están ordenando devolver sumas canceladas producto del tributo. Cualquier información contraria al respecto carece de fundamento legal y tiene como único propósito desinformar a la ciudadanía.

El Distrito de Barranquilla respeta las decisiones judiciales, pero también hace valer su derecho a controvertirlas, al debido proceso y a la defensa de los intereses de los ciudadanos barranquilleros que se benefician del recurso de las estampillas para infraestructura hospitalaria y que nos ha permitido llevar una salud digna a los barranquilleros, sobre todo a los más vulnerables.

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