Por Chachareros
Como no hay plazo que no se venza ni deuda que no se pague, la Registraduría Nacional del Estado Civil empieza a anticiparse a las fechas de próximo vencimiento y a recordar lo que ya prendió el cronómetro para un próximo cierre.
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Todavía hay mucho trabajo por hacer, sobre todo con las cédulas nuevas que tienen diversas instancias para ampararse y poder ejercer libremente su sagrado derecho al voto.[/caption]
Citemos el caso de la Ley de Garantías: El programa Colombia Compra Eficiente recuerda a Gobernadores y Alcaldes la prohibición de celebrar contratos o convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos 4 meses antes de las elecciones. Es la Ley de Garantías (996 de 2005). Esta prohibición es válida entre el 25 de junio y el 26 de octubre, es decir, termina al día siguiente de las elecciones.
Cédulas nuevas.- Las jovencitas y los jóvenes que por estos días cumplen los 18 años que se requieren para ser en Colombia ciudadanos para elegir y ser elegidos tienen plazo hasta el 25 de junio. Así que tienen que acelerar el trámite para que en forma automática entren al Censo Electoral Nacional. Quienes no logren hacer este trámite antes del 25 de este mes, no ingresarán de manera inmediata al Censo. Deberán inscribirse antes del 25 de agosto para poder votar el 25 de octubre.
Del 6 al 12 de julio la Registraduría habilitará todos los puestos de votación para que los ciudadanos puedan inscribir la cédula. Es un trámite personal y sin costo alguno. No se deje ‘pescar’ por los bandidos de la ‘mochila’ que se valen de todo –hasta de la novatada de los ‘pelaos’- para la compra de votos.
Comités de ciudadanos para todo
Se inscribieron este viernes, al cierre de la fecha límite para tal ejercicio, 289 para concejos municipales y 84 para Juntas Administradoras Locales. Los departamentos del país con el mayor número de comités registrados son Valle con 102 inscripciones, seguido de Antioquia con 95 registros, Cundinamarca y Bogotá con 69 comités inscritos cada uno. Hay que tener en cuenta que son Departamentos con un censo electoral mayor, que el de Sucre, o Chocó. Una vez culminado el plazo para la inscripción de los comités de grupos significativos de ciudadano, 810 se inscribieron para participar por una curul en las elecciones de octubre apoyados por firmas de los ciudadanos. Del total de los comités registrados, 30 corresponden a gobernaciones; 401 para alcaldías municipales; 6 comités para inscribir listas a las asambleas departamentales; 289 para concejos municipales y 84 para Juntas Administradoras Locales. Los departamentos del país con el mayor número de comités registrados son Valle con 102 inscripciones, seguido de Antioquia con 95 registros, Cundinamarca y Bogotá con 69 comités inscritos cada uno. Los aspirantes que no cuentan o no desean el aval de un movimiento o partido político, o prefieren crear su propio grupo político, puedan hacerlo y aspirar a una curul cumpliendo con los requisitos que estipula la Ley para garantizar a los colombianos diversidad de candidatos y programas políticos. Para este proceso electoral los candidatos que aspiren por firmas tienen que contar con un comité inscriptor, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1475, el cual tenían plazo para inscribirlo hasta el jueves 25 de junio. Una vez inscrito el comité, deben solicitar el formulario de recolección de apoyos y diligenciar lo correspondiente a los datos de los integrantes del comité, así como el nombre del comité y los nombres de los candidatos a quienes los ciudadanos a través de su firma van a apoyar en las elecciones de Autoridades Locales del 25 de octubre. Del 25 junio al 25 de julio, se desarrollará la inscripción de candidatos en todo el país. Durante este periodo los aspirantes deben realizar su preinscripción a las elecciones de Autoridades Locales de 2015 y deberán entregar las firmas que apoyan su candidatura.La Registraduría cuenta de un mes a partir de la recepción de los apoyos para revisarlos y emitir la certificación que avala las candidaturas.
El número de firmas a recoger corresponde a la siguiente operación matemática:
Para cargos uninominales: Número de firmas a presentar = Censo Electoral del departamento x 20%
Para cargos plurinominales: Censo Electoral/Número de curules a proveer X 20% = número de firmas.
En ningún caso se exigirán más de cincuenta mil (50.000) firmas para permitir la inscripción del candidato.
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