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“Ley de Covidiotas” estrategia de castigo para los fiesteros en pandemia

El ministro de interior de Chile anunció la reglamentación de una nueva ley que castiga aquellas personas que violen las normas de convivencia, especialmente a los encargados de realizar fiestas y eventos clandestinos.

Por: @gersonbrugestv

A cumplir un año de estar combatiendo el Covid 19, el gobierno chileno a través de los integrantes de las fuerzas armadas entregaron un balance sobre las infracciones cometidas por la ciudadanía durante la pandemia del coronavirus en el país.  En el último periodo las autoridades han detenido a más de 2,541 personas por violar las normas de convivencia y aislamiento en todo el país, donde también han descubierto la realización de más 150 fiestas clandestinas.

Dado a la grave situación de convivencia que está pasando este país, su ministro de interior Rodrigo Delgado presentó la creación de una ley de sanción comunitaria  para aquellas personas que estén aportando a la expansión del virus en los distintos estados del país. “Si no van a contribuir a detener la enfermedad, que no contribuyan a extender la enfermedad. Espero que visualicen el sufrimiento que genera esta enfermedad. Que puedan estar en contacto con familias que han perdido un ser querido o con familias que tienen a alguien complicado” afirmó el ministro Delgado.

Según los datos oficiales, estos eventos produjeron más contagios entre los jóvenes de entre 14 y 36 años. Además, estas fiestas clandestinas generan, a veces, brotes en zonas específicas

En América latina se emplea el trabajo comunitario como pena sustitutiva, y son conocidos los ejemplos de Brasil,  México y Perú.

Realizar trabajo social y comunitario, ejecutar tareas civiles de convivencia obligatoria y apoyar al cuidado médico en resguardos y centros asistenciales de cuidado de pacientes Covid, son algunas de las acciones que contempla la ley para los infractores, debido al incremento de casos que ha tenido el país. Actualmente Chile alcanzó la cifra de 673 mil casos, el número de fallecidos ya asciende a más de 18 mil personas.

En Colombia la situación no es distinta, el país tiene más de 1,9 millones de contagios confirmados y casi 50.000 muertes informó esta semana el Ministerio de Salud. Lo más grave es que en la mayoría de las capitales las Ucis están superando el 85% de ocupación producto de la desobediencia civil,  especialmente por la irresponsabilidad de los ciudadanos que realizan fiestas y eventos clandestinos.

Sólo en el departamento del Atlántico y la ciudad de Barranquilla las autoridades intervinieron más de 1450 fiestas en sus 22 municipalidades, donde la población violó las normas de toque de queda y ley seca anunciado por la administración departamental. Nos preguntamos si la estrategia de ley de sanción comunitaria que van a utilizar las autoridades del país chileno podrían tener buenos resultados en Colombia.

crédito Deivis López Ortega.

Reemplazar la sanción económica por una labor obligatoria social o comunitaria directa de cuidado de la población Covid que lucha por su vida, ¿tendría mayor éxito de reflexión y responsabilidad con la sociedad?, este interrogante nos los respondió el sociólogo y especialista en derecho penal, Jorge Bolívar.

“La historia de la humanidad nos enseña que el trabajo comunitario, forzado o voluntario, ha sido una práctica que se viene dando desde la época romana, en nuestro medio fue introducido por los españoles desde la época de la conquista. El trabajo social o comunitario, por la vía del cumplimiento de una sanción administrativa o de una pena impuesta judicialmente, es una manera de búsqueda de resocialización, en principio se tomó como un modelo para desarrollar trabajo en función del Estado o de la comunidad a un modelo clínico de rehabilitación”.

En Colombia, tanto en el Código Penal artículo 39, como en el Código de Policía y convivencia ciudadana, podemos encontrar que esta modalidad se encuentra reglamentada y será un juez de la República el autorizado para decretar la sustitución de la pena en el caso de la condena por delitos, en este caso la Policía Nacional en la implementación de las infracciones o contravenciones al código de Policía y convivencia ciudadana.

El trabajo comunitario, ha impactado favorablemente tanto a la sociedad como al individuo, por lo que algunos estudiosos lo han denominado filantropía penal.

“Los sanciones y castigos en comunidad, se entienden como una especie de penalidad moderna, que conlleva al beneficio de la sociedad, por lo que significa el desarrollo de trabajos para los grupos sociales y para quienes han caído en el delito o infringen de manera grave el comportamiento social. Las penas de utilidad pública son menos costosas que la prisión, no generan impunidad, conceden proporcionalidad, facilitan los procesos de reinserción social sobre todo de las personas jóvenes, y reduce los efectos criminógenos del encarcelamiento que nos afectan a todos” afirma Bolívar.

En materia de legislación en Colombia ¿se podría ejercer este tipo de ley en el congreso, sería factible su implementación? para el politólogo Luis Iriarte, este tipo de medidas se pueden hacer ante un acto administrativo pero podría ser sometido a un control de constitucionalidad.

“La obligatoriedad de la sanción comunitaria de por sí sería inconstitucional, ya que no se puede ejercer la obligación a la población civil a que efectúen algún trabajo en específico especialmente dentro del contexto de pandemia. Obligar a las personas que incumplen las normas de aislamiento a que cuiden o hagan trabajos cerca a la población contagiada es un gran peligro, porque podría resultar en ejercicio peor el remedio que la misma enfermedad, esta solución base puede hondar o producir mayores problemas” afirma Iriarte.

Las correcciones que se vienen haciendo en distintos países por las infracciones a las normas sanitarias, son bien recibidas por la sociedad, pues además del beneficio que recibe la comunidad, está la sanción social que impone el colectivo al infractor, aun así este tipo de ley tendría que someterse a un debate público de reflexión donde se tendrán que evaluar que tan efectivo seria aplicarlo a las normas y actos administrativos de convivencia en los distintos países de Latinoamérica.

Sobre el autor

Profesional en Comunicación Social – Periodismo, Especialista en Gerencia de la Comunicación Organizacional de la Universidad Autónoma del Caribe. Actualmente estudia un diplomado en Marketing y Emprendimiento Digital de la Universidad del Norte. Locutor y presentador de radio y televisión local, se ha desempeñado como directivo de Comunicaciones, community manager y jefe de prensa en distintas organizaciones de la ciudad. Barranquillero emprendedor, ganador del concurso digital tuiteros Carnaval Movistar 2015, ha participado del concurso del Centro de Emprendimiento de Startups, Idea Tu empresa 2017 y ha sido participante del Concurso Nacional de Cuento RCN – Ministerio de Educación 2018. Enamorado de Dios, la música y el arroz de coco. Email: gersonbruges94@gmail.com / Twitter- Instagram: @gersonbrugestv
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