Hoy en día existen varias maneras de hacer una reclamación de cualquier índole ante un problema que usted tenga con una empresa de telefonía móvil (Claro, Movistar, Tigo).
Para tal fin estas empresas colocan a su disposición varios canales o formas para que los usuarios puedan interponer sus quejas, como son de forma telefónica, bien sea con un número abreviado que se puede marcar desde cualquier teléfono fijo, un código abreviado que usted puede marcar desde cualquier aparato celular, o de forma presencial para la cual tiene dos opciones: interponer su reclamo de forma verbal o escrita.
En el caso de reclamos, sea la forma verbal o escrita, siempre exija su número de radicado, que desde hace unos meses la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) obliga a que sea un numero llamado CUN (Código Unico Nacional) y consiste en que desde el comienzo hasta el fin de su reclamación usted tendrá este mismo número que le servirá para averiguar en qué estado está su caso en cualquier parte del territorio nacional y de cualquier forma, es decir que si usted interpuso su reclamo de forma presencial y escrita, usted puede averiguarlo por vía telefónica bien sea desde un teléfono fijo o celular o de forma presencial en cualquier ciudad o población donde esta empresa tenga oficinas de servicio al cliente.
Formas de hacer las reclamaciones
Forma verbal: se le atribuye a aquel reclamo que realice bien sea telefónico o presencial, pero en el cual no lleva un documento firmado por usted, es decir solo expone su caso, se le radica en el sistema y se le da el número de radicado CUN, este caso se le responderá de forma verbal y dentro de un término de 15 días hábiles.
Forma escrita: es aquel reclamo que usted coloca de forma escrita y es firmado de su puño y letra, al igual que el verbal se le da un CUN y se le debe responder dentro de un término de 15 días hábiles de forma escrita, a la dirección que aparezca en el sistema o la que usted indique en dicha carta en el momento de interponer el reclamo.
En caso que no esté de acuerdo con la respuesta emitida por la entidad de telefonía móvil, usted puede colocar un RR (Recurso de Reposición) dentro de los siguientes 5 días de haber recibido dicha respuesta, y un RRSA (Recurso de Reposición en Subsidio de Apelación), el cual es aconsejable que le haga una copia a la SIC, entidad que regula estas empresas, y ante tal situación es la SIC quien dice quien realmente tiene la razón.
Para estos casos de RR y RRSA es conveniente asesorarse de un abogado con el fin de que le oriente la mejor forma de hacerlo, sino simplemente usted lo puede redactar con sus palabras y las empresas están obligadas a recibirlos.