El Damab por fin se pellizcó y cerró numerosos estaderos por pasarse de piña con el sonido a toda hora.
Por Chachareros
Como en estos días el Departamento para el Medio Ambiente de Barranquilla (Damab) no ha dejado de recibir garrote por todos los costados, este fin de semana reaccionó y cerró numerosos estaderos por exceso de volumen en los equipos de sonido.
«Donde mi abuelita» todo es muy bonito y limpio como si, en verdad, allí estuviera al frente del estadero una amantísima abuelita. Lo malo es que el ruido no deja dormir a las otras abuelas del vecindario ni a nadie.
Los críticos del Damab han dicho en estos días que no cumple ninguna función. Que es un ente burocrático al servicio de un senador. Que la anterior directora, ficha de ese senador, utilizó el Damab para montar su campaña política para lanzarse como candidata a la Alcaldía de Soledad, en donde parece ser que no despega para nada.
La conclusión de los críticos es que es mejor desmontar ese ente distrital porque se ha convertido en un reservorio burocrático contaminado.
Durante operativo nocturno realizado durante el fin de semana, el Damab, en su condición de autoridad ambiental del Distrito, con el apoyo de la Policía Nacional, atendió quejas ciudadanas por contaminación sonora contra establecimientos comerciales ubicados en la Localidad Metropolitana, los cuales fueron cerrados por no cumplir con los decibeles permitidos, establecidos a través de la Resolución 0627 de 2006.
Estadero “Donde Mi Abuelita”, ubicado en la calle 51B No. 7H-06, barrio Santuario, al cual se le impuso medida preventiva de cierre temporal del establecimiento, mientras se desarrolla el debido el debido proceso de cierro e definitivo, por reincidencia ambiental, tal como lo establece la Ley 1333 de 2009. Al momento de medir los decibeles, generó 89,7.
De igual manera, el estadero Donde Juancho, calle 45 No. 2C- 21, fue cerrado por alta emisión de sonido. Al realizar la medición sonométrica se evidenció que estaba emitiendo 87,5 decibeles. A este establecimiento comercial le fueron impuestas obligaciones, las cuales incumplió.
También se realizó inspección al estanco Ciudadela Fiesta, calle 45 No. 2C-21, se encontró medida sonométrica de 82,7 decibeles (DB), y para el sector está permitido 55 DB. Igualmente, no cumplió con las obligaciones que se le impuso anteriormente por parte del Damab.
Por otro lado, atendiendo reiteradas quejas presentadas por el ciudadano Jesús Morales, en el sector de calle 45D con 2, se evidenció que no había pick up en la dirección en mención, por tanto no había emisión de ruido.
“La autoridad ambiental del Distrito continúa realizando operativos nocturnos durante los fines de semana para garantizar un ambiente sano y sostenible para los barranquilleros, ejercer control e ir disminuyendo la contaminación. Igualmente, conminamos a los administradores de los estaderos a autoregularse y evitar perturbar a los vecinos”, expresó Sara Belén Rodríguez Manzur, directora general (e) del Damab.
Obligaciones para establecimientos
Los estaderos por toda la ciudad están utilizando parlantes con ruidos por encima de los decibeles que resiste un ser humano.
Dentro de las obligaciones que deben cumplir los estaderos en mención para garantizar la tranquilidad de los vecinos del sector, están:
Disminuir los niveles de sonido hasta menos de 55,0 decibeles; emplear parlantes de cuatro pulgadas; realizar adecuaciones acústicas, cerramiento en vidrio termoacústico de ventanas y puertas del establecimiento. Los propietarios y/o administradores de estos establecimientos deben contratar un estudio de ruido para determinar el cumplimiento de dichas obligaciones.
De acuerdo a la Ley 1333 de 2009, las autoridades ambientales están facultadas para imponer medidas preventivas a los establecimientos que reincidan en afectaciones ambientales o en su defecto los que estén causando una alteración a la tranquilidad o al orden público.
Con base en la Resolución 0627 de 2006, los decibeles permitidos para el sector residencial son 65 (día) y 55 (noche); en área comercial, 60 (día y noche); industrial, 70 (día y noche); en zona de tranquilidad, donde se encuentren hospitales, hogares geriátricos, 55 (día) y 45 (noche).
Los funcionarios, autorizados por las autoridades ambientales, si hallan la contravención tienen la facultad y discrecionalidad de aplicar las medidas preventivas, consistente en la suspensión inmediata de actividad del establecimiento comercial.